Condiciones de monetización para creadores

Versión 2026-09-29

1.Objeto y tipos de producto

Estas condiciones regulan la venta de los productos de pago que el Creador ofrezca a través de su tribu en YUMI, y la liquidación de los importes que le correspondan.

Los productos se clasifican en cuatro tipos, y esa clasificación importa:

  • Suscripción — acceso recurrente a la comunidad, a sus contenidos y a sus funcionalidades digitales.
  • Recurso — material digital de acceso puntual: vídeos, documentos, plantillas y descargables.
  • Evento en línea — sesión en directo por videollamada o retransmisión.
  • Evento presencial — actividad que se celebra en un lugar físico.

Cada tipo tributa conforme a reglas distintas y tiene su propio calendario de pago, como se explica en las cláusulas 5 y 9. El Creador debe clasificar correctamente lo que vende; si un producto no encaja con claridad en ninguno de los cuatro tipos, YUMI puede pedirle que lo aclare antes de publicarlo.

Su aceptación es requisito previo e indispensable para activar la monetización. No generan relación laboral, societaria ni de exclusividad entre las partes.

2.Requisito de alta fiscal

Solo pueden monetizar los Creadores que actúen en el marco de una actividad empresarial o profesional y tengan la condición fiscal correspondiente, ya sea como persona física o a través de una persona jurídica.

El Creador debe facilitar y mantener actualizados su NIF, razón o denominación social, domicilio fiscal, país de residencia fiscal, el epígrafe de las Tarifas del IAE en que figura dado de alta y, en su caso, su número de IVA intracomunitario. YUMI puede solicitar documentación que acredite cualquiera de esos extremos.

YUMI podrá impedir nuevas ventas mientras estos datos no estén completos o verificados. Ello no afecta a los importes ya devengados, que se liquidan conforme a la cláusula 9.

3.Qué no se puede vender

El Creador no puede ofrecer, dentro de sus productos de pago, contenidos ni servicios que consistan en:

  • Contenido sexual explícito o para adultos.
  • Juegos de azar, apuestas o cualquier actividad con premio en dinero.
  • Asesoramiento financiero o de inversión, señales de trading, criptoactivos o promesas de rentabilidad.
  • Suplementos, sustancias, productos sanitarios o consejos médicos presentados como tratamiento.
  • Sistemas de captación en cadena, marketing multinivel o cualquier propuesta de enriquecimiento rápido.
  • Contenido que infrinja derechos de terceros o que la ley prohíba difundir.

La lista puede ampliarse cuando lo exijan la ley o los proveedores de pago de YUMI. El Creador se obliga a comunicar cualquier cambio en su oferta que pueda afectar a esta cláusula, y YUMI puede revisar los productos antes de permitir su venta y desactivar la monetización de una comunidad que deje de cumplirla.

4.YUMI vende en nombre propio

YUMI actúa en nombre propio frente al miembro. Quien vende y factura al comprador es YUMI, no el Creador.

A efectos del IVA, cuando quien media en una prestación de servicios actúa en nombre propio se entiende que ha recibido y prestado por sí mismo el servicio (artículo 11.Dos.15.º de la Ley del IVA). En consecuencia hay dos operaciones distintas:

  • YUMI → miembro. YUMI repercute e ingresa el impuesto indirecto que corresponda a esa venta.
  • Creador → YUMI. El Creador presta a YUMI el servicio subyacente, cuya base imponible es la contraprestación de la venta menos la comisión (artículo 79.Ocho de la Ley del IVA). Deberá repercutir el impuesto que proceda según su régimen, o hacer constar la inversión del sujeto pasivo cuando corresponda.

Para los productos que consisten en un servicio prestado por vía electrónica, esta misma regla se recoge además en el artículo 9 bis del Reglamento de Ejecución (UE) 282/2011.

5.Impuestos indirectos y localización

El precio que paga el miembro incluye el impuesto indirecto que YUMI recaudapor esa operación. Qué impuesto y a qué tipo depende del tipo de producto y del lugar en que la operación se entiende realizada:

  • Suscripciones y recursos digitales — donde reside el miembro.
  • Eventos en línea — donde reside el miembro.
  • Eventos presenciales — donde se celebra el evento, con independencia de dónde resida quien compra la entrada.

El país del miembro se determina conforme a las reglas fiscales aplicables y a las evidencias de localización disponibles, no por lo que el usuario escriba en su perfil.

Hablamos de impuesto indirecto y no solo de IVA porque no siempre es el mismo: Canarias, Ceuta y Melilla quedan fuera del territorio de aplicación del IVA y allí rigen el IGIC y el IPSI.

Hay dos supuestos en los que YUMI no recauda el impuesto del lugar de la operación, y el precio que paga el miembro no lo incluye: las ventas a Canarias, Ceuta y Melilla —donde YUMI todavía no está dada de alta a efectos de IGIC o IPSI— y los eventos en línea vendidos a miembros de otros Estados de la Unión, cuya cuota se debe allí desde el primer euro. YUMI lo registra operación a operación y asume las consecuencias frente a la administración que corresponda; en ningún caso se repercuten al Creador ni minoran su remuneración.

El Creador acepta expresamente que, por aplicarse tipos distintos según el lugar, el importe que le corresponda por una misma venta puede variar.

6.Contenido del Creador

El Creador conserva la titularidad de todo el contenido que publique. Concede a YUMI una licencia no exclusiva, gratuita y limitada a lo necesario para prestar el servicio descrito en estas condiciones, que comprende alojar, almacenar, reproducir técnicamente, transcodificar, adaptar el formato, generar miniaturas y vistas previas, almacenar en caché, retransmitir, realizar copias de seguridad y poner el contenido a disposición de los miembros con acceso vigente.

Esta licencia no permite a YUMI explotar el contenido por su cuenta ni comercializarlo de forma separada: no constituye cesión de derechos de explotación ni tiene contraprestación diferenciada. La retribución del Creador es exclusivamente la establecida en la cláusula 8.

Supervivencia. Si el Creador cierra su cuenta, elimina su comunidad o deja de monetizar, la licencia se mantiene únicamente respecto del contenido ya adquirido por miembros y durante el tiempo que dure el acceso que hayan comprado. YUMI vendió ese acceso en nombre propio y debe poder atenderlo.

El Creador garantiza que es titular del contenido o dispone de los derechos necesarios —incluidos los de música, imágenes, vídeos y cualquier material de terceros—, que cuenta con la autorización de las personas que aparezcan en él, y que su venta a través de YUMI no infringe derechos ajenos.

7.Comisión de YUMI

La comisión de YUMI se compone de un porcentaje sobre la base imponible de la venta más un importe fijo por operación. Ambos figuran en todo momento en el panel del Creador.

La comisión determina la contraprestación que corresponde al Creador y no constituye una prestación separada de YUMI hacia él: no se factura aparte, se descuenta al calcular su remuneración conforme a la cláusula siguiente.

Los costes del proveedor de pagos los soporta YUMI y no se descuentan al Creador.

8.Cómo se calcula lo que recibe el Creador

Del precio que paga el miembro al importe que se transfiere hay cinco magnitudes distintas, y conviene no confundirlas:

  precio pagado por el miembro
− impuesto indirecto de esa venta
= base de la venta

− comisión (porcentaje + fijo)
= remuneración del Creador          ← base de su factura

+ impuesto que el Creador repercute a YUMI, si procede
− retención, si procede
± ajustes (reembolsos, rectificaciones)
= importe transferido

La remuneración del Creador es la base imponible de su operación hacia YUMI y es lo que aparece en su autofactura. El importe transferido es lo que llega a su cuenta. No son el mismo número y ambos figuran desglosados en su panel.

9.Cuándo cobra el Creador

La remuneración de cada venta entra en la cuenta del Creador en el proveedor de pagos en el momento de la venta y es suya desde entonces. YUMI no la custodia ni la retiene. Lo que se aplaza es el envío desde esa cuenta a su banco, hasta que se cierra el plazo en que el comprador puede obtener una devolución de esa venta, porque frente a él responde YUMI:

  • Suscripciones: no hay aplazamiento.
  • Recursos: hasta que termina el plazo de desistimiento del comprador (catorce días naturales completos desde la compra), con independencia de la política de devolución del recurso.
  • Entradas: hasta setenta y dos horas después de terminar el evento.

Su panel muestra en cada momento lo enviable y lo pendiente de envío, con el motivo y la fecha de cada aplazamiento. Los ajustes van contra su saldo: si más adelante hay una devolución, un impago o una reclamación del medio de pago, el importe se descuenta de lo que tenga en ese momento, y si no llega, del saldo que entre después. El abono semanal exige una facturación sostenida por lo que llega después de entregar —las reclamaciones del medio de pago pueden tardar meses—: con ingresos regulares siempre hay saldo contra el que compensar.

De esa cuenta el dinero sale a su banco según la periodicidad que elija: mensual, el día 1, o semanal, los lunes, esta última disponible cuando su facturación de los dos meses anteriores supere el umbral publicado en su panel. El proveedor tarda unos días hábiles adicionales en abonarlo.

Cada envío de ciclo requiere un mínimo de veinticinco euros; lo que no lo alcance se acumula al siguiente. Con una excepción que juega a su favor: los importes ya liberados con sesenta días o más desde su cobro se incluyen en el siguiente barrido diario, sin mínimo y fuera de ciclo. Los sesenta días no adelantan la liberación de una entrada cuyo evento aún no haya terminado.

Las entradas se ponen a la venta como máximo ochenta y cinco días antes del fin del evento. La liberación de cualquier cobro y los aplazamientos manuales tienen un tope de ochenta y nueve días desde el cobro, para ordenar el envío en la siguiente ejecución diaria antes del límite de noventa días del proveedor en España. Estos plazos se refieren a la liberación y la orden de envío, no al abono bancario. El envío requiere saldo disponible en el proveedor y una cuenta habilitada; los reembolsos, las verificaciones pendientes, los rechazos bancarios o una incidencia técnica pueden impedirlo. En esos casos se informa de la incidencia y se reintenta cuando se resuelve.

Al cerrar su cuenta se le envía el saldo íntegro, sin mínimo, a medida que cada importe quede libre de su plazo de devolución.

El panel desglosa cada mes lo cobrado a los miembros, la comisión de YUMI, la retención de IRPF cuando proceda y lo que se le transfiere, de modo que la resta se pueda comprobar a mano.

10.Reembolsos, impagos y ajustes

YUMI decide sobre las devoluciones que solicite un miembro, porque es quien le vendió y quien responde frente a él.

  • El importe se revierte del saldo del Creador en el proveedor de pagos. Si hay saldo, se descuenta y no hay nada más que hacer.
  • Si no lo hay —porque ya salió a su banco—, el saldo queda en negativo y se compensa con lo que entre después. Solo si no entra nada contra lo que compensar, el Creador debe reintegrar el importe.
  • Lo mismo se aplica a los impagos, a las reclamaciones de los medios de pago y a las rectificaciones de facturas ya emitidas.
  • Al devolver una venta íntegra en una sola operación, se devuelve la comisión. En los reembolsos parciales se mantiene, salvo devolución expresa de YUMI. Si varias devoluciones parciales agotan el precio, no se devuelve automáticamente la comisión que se mantuvo en las anteriores: el panel refleja lo efectivamente devuelto. Las devoluciones de recursos y entradas desde la aplicación son completas. YUMI puede atender manualmente un reembolso parcial, también de estos productos, cuando corresponda por desistimiento o por una prestación defectuosa.

Cuando la devolución se deba a un fallo atribuible a YUMI, el coste lo asume YUMI y no minora la remuneración del Creador.

Si el Creador cancela un evento o deja de prestar lo vendido, YUMI reembolsará a los compradores y el importe correspondiente se descontará de su remuneración o, si ya se hubiera transferido, se le reclamará.

Mientras exista una reclamación, un procedimiento de verificación o una obligación legal que lo justifique, YUMI podrá suspender la monetización de la comunidad afectada, explicando el motivo, y reanudarla en cuanto la causa desaparezca. La suspensión impide ventas nuevas y no toca lo ya vendido: el acceso se mantiene hasta el fin del periodo pagado. En esos mismos casos YUMI podrá aplazar el envío del importe afectado, y solo de ese, indicándole el motivo y la fecha límite en su panel; el importe sigue en su cuenta del proveedor de pagos, porque es suyo desde la venta. El aplazamiento no reinicia el plazo: como máximo llega a ochenta y nueve días desde el cobro. Si varios cobros comparten saldo, se toma como límite el más antiguo aún pendiente de envío.

11.Obligaciones frente a los compradores

Como YUMI vende en nombre propio, es YUMI quien debe cumplir la normativa de consumo frente al miembro. El Creador se obliga a respetar y a hacer posible ese cumplimiento, en particular las políticas de desistimiento, cancelación, entrega y devolución que YUMI aplique, aunque él hubiera preferido otras condiciones.

El Creador se obliga asimismo a prestar efectivamente lo que se ha vendido: mantener el acceso al contenido durante el periodo contratado, celebrar los eventos anunciados y atender a los miembros en los términos ofrecidos.

12.Obligaciones fiscales, declaraciones y retenciones

La venta automatizada de cursos grabados puede constituir una actividad profesional de enseñanza sujeta a retención. El Creador debe declarar correctamente su actividad, epígrafe y sección del IAE y revisarlos con su asesor. La retención aplicable se determina conforme a esas circunstancias y a la normativa vigente.

El Creador es el único responsable de sus propias obligaciones tributarias derivadas de los ingresos obtenidos a través de YUMI, incluidas la declaración e ingreso del IRPF o del Impuesto sobre Sociedades, del impuesto indirecto que le corresponda y de sus obligaciones censales y de facturación. YUMI no le asesora fiscalmente.

El Creador declara, y se obliga a mantener actualizados, los siguientes extremos:

  1. Si actúa como persona física o a través de persona jurídica.
  2. Su país de residencia fiscal.
  3. El epígrafe y sección de las Tarifas del IAE en que figura dado de alta.
  4. Si ha iniciado su actividad profesional en el ejercicio en curso o en los dos anteriores.
  5. Si concurren las circunstancias de algún tipo reducido de retención.

YUMI practicará la retención que resulte de la normativa vigente atendiendo a la naturaleza de la operación y a la información y documentación facilitadas, y podrá solicitar documentación adicional. El Creador se obliga a comunicar cualquier variación en el plazo de quince días naturales, y responderá de los perjuicios que se deriven de declaraciones inexactas o de la falta de comunicación de un cambio.

Cuando el Creador no resida en España, su situación se analizará caso por caso conforme a la normativa de no residentes y al convenio que resulte aplicable, para lo que deberá aportar certificado de residencia fiscal escribiendo a soporte@yumiconecta.com. Hasta que ese análisis se complete, YUMI podrá suspender la monetización de sus comunidades. Sin certificado se aplica la retención que corresponda por defecto según su país, que puede ser superior a la del convenio.

13.Uso del nombre y la imagen del Creador

El Creador autoriza el uso de su nombre e imagen exclusivamente en la medida necesaria para identificar y promocionar sus propias comunidades y contenidos dentro de YUMI. Esta autorización no constituye cesión autónoma del derecho a la explotación de la imagen ni conlleva contraprestación diferenciada alguna, quedando comprendida en la retribución de la cláusula 8.

Cualquier uso fuera de YUMI —campañas publicitarias, redes sociales de la plataforma o publicidad exterior— requiere su autorización previa y específica.

14.Facturación

Como existe una operación del Creador hacia YUMI, debe documentarse en factura. El Creador autoriza a YUMI a expedirla en su nombre y por su cuenta, conforme al artículo 5 del Real Decreto 1619/2012, en serie propia y separada.

YUMI publicará cada factura en el panel del Creador y se lo notificará. Se entenderá aceptada si no manifiesta objeción en el plazo de quince días naturales desde su puesta a disposición. Los errores se corrigen mediante factura rectificativa, en su propia serie: una factura ya emitida no se modifica.

Desarrollado en el acuerdo de facturación por el destinatario, que se acepta por separado.

15.Cambio de plan, baja y cierre de cuenta

La capacidad de monetizar depende del plan que el Creador tenga contratado en YUMI. Si baja de plan o deja de pagarlo:

  • El cambio surte efecto en la siguiente renovación, no de inmediato.
  • Afecta a lo que puede vender en adelante, nunca a lo ya vendido: los miembros con acceso vigente lo conservan hasta que expire, y los importes ya devengados se le liquidan igual.
  • Si el nuevo plan permite menos comunidades monetizadas, el Creador elige cuál mantiene; las demás dejan de admitir altas nuevas.
  • El contenido que exceda la nueva cuota deja de poder venderse, pero sigue accesible para quien ya lo compró.

El Creador puede cerrar su cuenta cuando quiera, una vez atendido lo que ya vendió. Mientras queden suscriptores con acceso vigente o entradas de eventos sin celebrar, el cierre no se completa: YUMI se lo indica y le señala qué comunidades lo impiden. Puede resolverlo cancelando las renovaciones y esperando a que venza el periodo ya pagado, reembolsando, o celebrando los eventos pendientes.

No se resuelve por él a propósito: quien monta una comunidad de pago contrae una obligación con quien le paga, y esas decisiones —a quién se reembolsa, qué evento se celebra— son suyas. Su saldo sigue saliendo hacia su banco con el calendario de siempre mientras tanto.

Cerrada la cuenta, YUMI conserva la documentación fiscal y contable durante los plazos que la ley exige, y la licencia de la cláusula 6 sigue vigente para el contenido ya adquirido por miembros mientras dure su acceso.

16.Modificación de estas condiciones

YUMI podrá modificar estas condiciones comunicándolo al Creador en soporte duradero con una antelación mínima de quince días naturales. Durante ese plazo el Creador puede desactivar la monetización si no acepta el cambio.

El plazo no se aplica cuando la modificación venga impuesta por una norma, por una resolución administrativa o judicial, o sea necesaria para atender un riesgo de seguridad o de fraude; en esos casos se comunica lo antes posible.

Las modificaciones que afecten a la comisión no tendrán efecto sobre suscripciones ya contratadas hasta su renovación, ni sobre productos ya vendidos.

17.Duración, suspensión y terminación

Estas condiciones rigen mientras el Creador mantenga la monetización activa. Cualquiera de las partes puede ponerles fin: el Creador desactivando la monetización, y YUMI comunicándolo con una antelación de treinta días naturales.

YUMI podrá suspender la monetización con efecto inmediato, explicando el motivo, cuando exista un incumplimiento de la cláusula 3, una sospecha fundada de fraude, un requerimiento del proveedor de pagos o una obligación legal. La suspensión impide nuevas ventas; no extingue por sí sola el derecho a los importes ya devengados e indiscutidos.

Terminada la relación, subsisten las obligaciones de liquidación, facturación, conservación documental, garantías de la cláusula 6 y la licencia de supervivencia respecto del contenido ya adquirido por miembros.

Estas condiciones se rigen por la legislación española y se someten a los juzgados y tribunales que resulten competentes conforme a la ley.

Estas condiciones se aceptan desde Ajustes → Monetización de tu comunidad. Registramos la fecha y la versión aceptada.